COMUNICADO DE PRENSA

Soria, 2 de febrero, 2010

 

 

 

SAN BLAS 2010. EN EL SOTO DE GARRAY A LAS CIGÜEÑAS NO VERÁS

 

            En este año 2010, Año Internacional  de la Biodiversidad, y en este 3 de febrero día de San Blas, la cigüeña blanca es la especie en la que se refleja la prioridad de los intereses inmobiliarios sobre los ambientales de la Consejería de Medioambiente de la Junta de CyL, como así lo demuestra la eliminación de los apoyos y nidos existentes en los edificios del antiguo aeródromo del Soto de Garray (Garray –Soria-).

            La Consejera de Medioambiente, Maria Jesús Ruiz, ha reiterado por activa y por pasiva que el Proyecto de la Ciudad del Medioambiente es modélico y escrupulosamente respetuoso con la naturaleza, con la fauna y el paisaje, e incluso con el cumplimiento de las Leyes. En resumen ese ha sido su discurso durante aproximadamente 4 años. Los hechos constatables nos muestran una realidad muy distinta: sólo hay que leerse la  Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de la CMA que elaboró y aprobó la propia Consejería de Medioambiente, para comprobar que este organismo  presuntamente incumple incluso las obligaciones impuestas por tal Declaración de I.A. (Ver artículo. 1.k De la D.I.A). Durante el pasado mes de Noviembre la Junta de CyL procedió al derribo de tales nidos y de las construcciones que los soportaban, presuntamente sin las correspondientes autorizaciones  urbanísticas, igualmente ha construido una serie de estructuras en zona inundable sin presuntamente la autorización de la Confederación Hidrográfica del Duero.

            Todo esta intervención se ha maquillado con un discurso oficial de “sostenibilidad, respeto hacia el paisaje, conservación de la biodiversidad, ….etc” cuyas expectativas respaldaban con la experiencia del traslado de nidos las cigüeñas de la catedral de Logroño.

            Ahora bien, hay que hablar de resultados y ver lo que pasó en Logroño y lo que está pasando en el Soto de Garray. En Logroño tales medidas no tuvieron el éxito esperado y lo mismo podemos comprobar este día de San Blas en el Soto de Garray(Se adjunta foto actual de las cigüeñeras instaladas en el Soto de Garray, las tres “cigüeñas” que se ven son de plástico). Las excusas técnicas para explicar este fracaso pueden ser variadas y amplias. Desde ASDEN consideramos que tal fracaso se debe a la falta de interés y de voluntad de la Consejería de medioambiente por actuar correctamente y legalmente. Todo ello con el agravante  de que la Consejería de Medioambiente es precisamente el órgano que tiene la obligación y responsabilidad de proteger la biodiversidad y hacer cumplir la legislación en tal materia.

            Frente esta perversa forma de actuar de la Consejera y Consejería de Medioambiente por la conservación de la biodiversidad, tenemos la voluntariedad de numerosas personas que de forma individual o colectiva, pública o anónima durante años han favorecido la vuelta de las cigüeñas a los pueblos y dehesas donde tradicionalmente habían nidificado. Estas actuaciones gratuitas y voluntarias han sido una de las razones de que la población de cigüeñas de la provincia de Soria se haya incrementado desde las aproximadamente 25 parejas del año 1982 a las 325 parejas nidificantes  del año 2009. Por ejemplo en el año 1982, justo el año en que se constituyo ASDEN, en Soria capital sólo nidificaba una pareja de cigüeñas blancas en la Iglesia de el Salvador. Ahora, al igual que entonces, las cigüeñas son un punto de atracción, y fuente de comentarios; ya sea porque en invierno no migran, porque no están en el nido en San Blas, o porque se ha caído el nido o un pollo … En las ciudades las cigüeñas eran y son uno de los referentes del paso de las estaciones y de los procesos naturales como es la migración de las aves, tal y como lo refleja el refrán “Por San Blas a la cigüeña verás, y si no la vieres mal año tuvieres”.

            Para finalizar, a nadie se le pasa por alto que esta “actuación ambiental” de destrucción de los apoyos de los nidos en el Soto de Garray ha supuesto la indigna inversión de 300.000 € (50 millones de las antiguas pesetas en 46 nidos – 1,087 millones de pesetas por nido) de dinero público, precisamente en un año en el que la Junta de CyL utiliza la crisis para justificar recortes en prestaciones sociales y administrativas.

 

 

 

www.asden.org

e-mail: asden.soria@gmail.com

 

 

LEY 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.( BOE núm. 299 Viernes 14 diciembre 2007)

Artículo 2. Principios.

Son principios que inspiran esta Ley:

b) La conservación de la biodiversidad y de la geodiversidad.

f) La prevalencia de la protección ambiental sobre la ordenación territorial y urbanística y los supuestos básicos de dicha prevalencia.

 

ANEXO IV

Especies que serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución.

27. Ciconia ciconia, Cigüeña común.

 

CATALOGO NACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS

(R.D. 439/1990)

Ciconia ciconia (Linnaeus, 1758)

Nombre vulgar

Castellano: Cigüeña blanca

Orden: Ciconiiformes

Familia: Ciconiidae

Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Categoría de amenaza

Categoría: De Interés Especial

Fecha: 5 de abril de 1990

Norma: Real Decreto 439/1990

Situación legal

- Directiva 79/409/CEE de Aves: Anejos I, II

- Convenio de Berna: Anejo II

- Convenio de Bonn: Anejo II

 

 

 

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto denominado «Proyecto Regional de la Ciudad del Medio Ambiente», promovido por el Consorcio para la Promoción, Desarrollo y Gestión de la Ciudad del Medio Ambiente, a ubicar en los términos municipales de Soria y Garray. (B.O.C. y L. 17 de noviembre de 2006. B.O.C. y L. n.º 222)

 

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

La Consejería de Medio Ambiente determina, a los solos efectos ambientales, informar FAVORABLEMENTE el desarrollo del proyecto referenciado, siempre y cuando se cumplan las condiciones que se establecen en esta Declaración, sin perjuicio del cumplimiento de las normas urbanísticas y otras normas vigentes que pudieran impedir o condicionar su realización.

1.– Medidas Protectoras: las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, a efectos ambientales a los que queda sujeta la ejecución del proyecto además de las contempladas en el Estudio de Impacto Ambiental, apartado medidas correctoras y protectoras, y no contradigan a las mismas, son las siguientes:

            k)         Protección a la fauna: Teniendo en cuenta que en la zona de actuación             existe una colonia importante de cigüeñas que anidan, su mayoría, en los       antiguos hangares de la guerra civil y que se verán afectadas por el proyecto, el         promotor elaborará un plan viable de reubicación de la actual colonia que       garantice su protección, protegiéndose su ubicación actual hasta que las    medidas sean efectivas. Dicho plan deberá ser aprobado por la Consejería de   Medio Ambiente.

 

 

Enlaces a páginas WEB con más información:

Año 2010, año internacional de la biodiversidad:

 

http://www.un.org/es/events/biodiversity2010/background.shtml

http://www.ecologistasenaccion.org/spip.php?article16257

 

Cigüeñas:

http://www.mma.es/secciones/biodiversidad/especies_amenazadas/catalogo_especies/vertebrados_aves/pdf/ver110.pdf

http://194.224.130.15/secciones/biodiversidad/inventarios/inb/atlas_aves_reproductoras/pdf/ciguenia_blanca.pdf